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Adelantamiento en zona prohibida y exceso de velocidad habrían provocado fatal colisión en Autopista Los Andes

Peritajes de la SIAT de Carabineros indican inicialmente que fatal colisión vehicular que se registró este lunes 13 de Diciembre a la altura del kilometro 13 de la Autopista Los Andes, donde uno de los móviles resultó incendiado con su conductor al interior, se originó debido a maniobra de adelantamiento en zona prohibida de uno de los móviles.

En los automóviles involucrados en este accidente viajaban solo sus conductores, falleciendo el conductor del auto incendiado, identificado como José Canelo Fuentealba, de 28 años, domiciliado en Viña del Mar, mientras que el conductor del otro vehículo, identificado con las iniciales M.H.B. de 48 años, domiciliado en Quilpué, sufrió lesiones graves, encontrándose fuera de riesgo vital, según reporte médico.

El Teniente de la SIAT de Carabineros, Maximiliano Muñoz, precisó que el accidente se produjo en circunstancias que el vehículo que se dirigía de poniente a oriente, San Felipe – Los Andes, realizó una maniobra de adelantamiento en una zona prohibida de la ruta impactando a alta velocidad al automóvil que circulaba en sentido contrario; “lo cual genera que el vehículo se incinera es un auto liviano tipo sedan y el otro un station wagon, grande de cinco puertas, entonces claramente por la altura y forma del vehículo el que recibe el mayor impacto es el que se quema, y a posterior por la fuerza del impacto el otro vehículo se levanta y cae sobre las barreras de contención e incluso las llega a desplazar, antecedentes que llevan a concluir que ambos móviles iban a una gran velocidad.”

¿La colisión se produjo en una curva?

“Claro, se genera en una curva donde esta demarcado en el pavimento con doble línea continua, es decir, la misma demarcación señala que no se pueden realizar maniobra de adelantamiento en el lugar, ya que la visibilidad es bastante limitada cuando uno realiza estas maniobras en curvas y paralelamente como es una ruta de alta velocidad, con el máximo de velocidad de 120, también es peligro evidente este tipo de maniobras. Aquí hay varios factores involucrados, pero lo más importante es esta maniobra que realiza el conductor que no es permitida y por lo cual evidentemente se genera este accidente.”

¿Cuál de los conductores realiza esta maniobra de adelantamiento?

“Es el vehículo que termina incendiado con su conductor al interior.”

¿La causa seria falla humana o condiciones de la carretera?

“El diseño vial y configuración geométrica que presenta esta ruta está bien diseñada. La autopista tiene un trabajo de mantenimiento de todas sus señales horizontales y verticales ubicadas donde corresponde, y en este caso por el conductor que no respeta lo que en definitiva se le presenta en el camino, por algo existen las leyes de tránsito, son para respetarlas y en la medida que no sea así se generan este tipo de accidentes.”

¿Acá el conductor que iba al oriente estaba adelantando otro vehículo?

“Iba adelantando un vehículo que no está identificado, ahora este móvil no tiene ningún relación con el accidente, más que la propia del conductor que realiza la maniobra sin tener el espacio y el tiempo suficiente para hacerlo con seguridad e incorporarse a la vía, colisionado frontalmente con el otro vehículo involucrado.”

¿Está determinado a qué velocidad de los vehículos se produjo el accidente?

“Si, claro, se puede establecer esa velocidad por la deformación de los vehículos, por las huellas de frenadas las que no las tenemos, por lo que sería calculada por la deformación. No obstante, esta vía es de alta velocidad con una máxima de 120 kilómetros por hora, entonces aparentemente por lo que se aprecia a primera vista era la velocidad a la que se desplazaban. Porque la deformación y desplazamiento de los vehículos es coincidente con esa velocidad.”

¿La víctima fatal muere por las lesiones sufridas o calcinado?

“Es difícil poder establecer si fallece producto de las lesiones sufridas por el accidente o debido al incendio del vehículo, no obstante, eso será determinado por el informe del Servicio Médico Legal.”

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