Los concejales de San Felipe Basilio Muena, Ricardo Covarrubias, Guillermo Lillo y Rafael Sottolichio, el pasado 9 de Diciembre, interpusieron en el Tribunal Electoral Regional un requerimiento de inhabilidad para ejercer cargos públicos en contra del ex concejal y alcalde suplente de la comuna, Christian Beals Campos.
Los mencionados concejales en la presentación al TER son representados por el abogado, Juan Carlos Manríquez, argumentando en lo medular del escrito que el Requerimiento de Inhabilidad es “notable abandono de deberes y/o contravención grave a las normas de probidad administrativa” del ex alcalde suplente.
La introducción de la mencionada presentación sostiene lo siguiente; El ex alcalde de San Felipe don Christian Carlos Beals Campos, llegó a ocupar el cargo y fue investido en él con fecha 5 de octubre de 2020, luego que fuera elegido de acuerdo al mecanismo del artículo 62 de la ley 18.695 en concordancia con el artículo 60 del mismo cuerpo legal, dado que anteriormente, y por efectos de la sentencia dictada por VSI en el Rol N° 1775/2019 quien servía el cargo, Don Patricio Armelio Freire Canto, había sido destituido en primera instancia, y por ende, quedó separado de dicho cargo, lo que llevó, de acuerdo a la ley, a que dentro del Concejo Municipal se votara a quien debería reemplazarlo por los plazos legales, cuestión que se decidió con fecha 5 de octubre de 2020 e hizo que la designación recayera en Don Christian Carlos Beals Campos para servir el reemplazo en calidad de alcalde de la IM de San Felipe hasta, en un primer término, se dictara sentencia de segunda instancia ante el Tribunal Calificador de Elecciones, la que finalmente se dictó en autos N°153-2020, modificando la sanción al Alcalde Titular de la primitiva destitución resuelta por VSI a una suspensión en el ejercicio de su cargo por tres meses, con el goce del 50% de su sueldo y sin poder hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.
En consecuencia, el Sr. Beals, hoy sujeto de este requerimiento, cesó en su cargo de alcalde suplente de la I.M. de San Felipe, considerando que esa función se vio prorrogada hasta el lunes 7 de junio de 2021 en 3 (TER) conformidad a la Ley 21.324 y que se postergaron así las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por motivo del covid-19.
Es por ello que el presente requerimiento de inhabilidad del ex alcalde Christian Carlos Beals Campos se interpone dentro del plazo legal, en cuanto dejó de ocupar dicho cargo con fecha 6 de junio del año 2021, y por lo tanto su responsabilidad legal y administrativa se puede hacer efectiva por este medio procesal en conformidad a lo dispuesto en el artículo 51 bis de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en adelante LOCM, norma jurídica que dispone que:
“El plazo para hacer efectiva la responsabilidad de los alcaldes y concejales, por acciones u omisiones que afecten la probidad administrativa o que impliquen un notable abandono de deberes, se contará desde la fecha de la correspondiente acción u omisión. Con todo, podrá incoarse dicho procedimiento, dentro de los seis meses posteriores al término de su período edilicio, en contra del alcalde o concejal que ya hubiere cesado en su cargo, para el solo efecto de aplicar la causal de inhabilidad dispuesta en el inciso octavo del artículo 60 y en el inciso segundo del artículo 77”.
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