El Tribunal de Garantía de Los Andes, luego que la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la prisión preventiva, determinó como medida cautelar el arresto domiciliario nocturno Ramón Liberón Olivares imputado por el homicidio del joven de 24 años, Ariel Romero Burgos, el pasado 12 de junio en el sector de Mina Caracoles en Rinconada.
Esto luego que el pasado Lunes 20 de Junio, la Corte de Apelaciones revocó la medida cautelar de prisión preventiva que el mismo tribunal de Los Andes había impuesto en contra de Ramón Liberón Olivares, tras su detención y formalización por el delito de homicidio simple en grado de consumado en contra de Ariel Romero Burgos, de 24 años, al que disparó con un rifle a postón en horas de la mañana del domingo 12 de Junio, cuando la víctima concurrió con otras personas a comprar drogas al domicilio del imputado en el sector de Mina Caracoles en Rinconada.
La determinación de la Corte de Apelaciones de revocar la prisión preventiva de Liberón Olivares, tomada este lunes 20 de Junio, estaría fundamentada hasta ahora en el principio de que el imputado habría actuado eventualmente en “legítima defensa” al ingresar la victima sin autorización a su domicilio, cuestión que deberá determinación en la investigación en curso de la causa, que también podría terminar en un homicidio culposo (también llamado homicidio negligente o involuntario, que consiste en causar la muerte a una persona por una acción negligente) considerando que todavía debe determinarse realmente como sucedieron los acontecimientos que a la postre terminaron con la vida de Romero Burgos.
Fallo Corte de Apelaciones
En audiencia realizada a las 09:30 horas de este Lunes 20 de Junio en la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, a través de la modalidad Video Conferencia, presidida por el Ministro Patricio Martínez Sandoval, e integrada por los Ministros Raúl Mera Muñoz e Inés María Letelier Ferrada, fue visto el recurso de apelación deducido por la defensa privada, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Los Andes, de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto al imputado Ramón Alejandro Liberón Olivares, que se encuentra formalizada por el delito de homicidio simple.
Tras los alegatos que se extendieron por casi una hora, atendiendo el merito de los antecedentes, expuesto por los intervinientes, entre estos el principio de legítima defensa que sostiene la defensa del acusado, el Tribunal sostuvo que; “no configurándose con claridad la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, considerando que otras medidas cautelares de menor intensidad, contempladas en el articulo155 del mismo cuerpo legal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto al imputado Ramón Alejandro Liberón Olivares, y en su lugar, se declara que se la deja sin efecto.”
Dicho pronunciamiento de la Corte de Apelaciones, implicó la inmediata libertad del imputado. Por lo cual el Tribunal de Garantía de Los Andes este martes realizó la audiencia de revisión de la cautelar para Ramón Liberón Olivares, fijando el arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, mientras dure la investigación de la causa que tiene un plazo de cuatro meses.
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