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Municipio de San Felipe tiene 72 horas para responder sobre medidas ante fallo de la Corte Suprema por votación para destituir al Administrador Municipal

Requerimiento de la Corte de Apelaciones por fallo de la Corte Suprema, suma un nuevo capítulo en la serie de moda, Destitución del Administrador Municipal de San Felipe. Concejal Christian Beals aseguró que Municipalidad tiene 72 horas para responder a dicho tribunal sobre las acciones aplicadas tras conocerse el fallo de la Corte Suprema que revocó pronunciamiento de la Contraloría Regional sobre votación del Concejo Municipal para destituir al Administrador Municipal, Patricio González.

Christian Beals, precisó que este miércoles la Corte de Apelaciones envió a la Contraloría Regional y a la Municipalidad de San Felipe oficio donde da a estos organismos un plazo de 72 horas para que informen cuales son las medidas tomadas; “respecto a lo determinado por la Corte Suprema.”

¿Municipio debe informar su acogió el fallo y destituyó al Administrador?

“Exactamente, pero me imagino que, como no lo han hecho y no se ha producido el acto que se impugno por parte de la Corte Suprema, ellos tendrán que responder a la Corte de Apelaciones las razones porque no han implementado el dictamen. Para eso tienen un plazo de 72 horas que vence este sábado.”

¿Qué puede pasar tras cumplido este plazo?

“Estos procesos legales no los he inventado yo, están en los sistemas que regulan la jurisprudencia chilena y el Chile es un Estado de Derecho y existe lo que se llama lo auto acordado de la Corte Suprema respecto a los recursos de protección, que fue lo que inicio este proceso en relación a la votación que nosotros hicimos el 20 de febrero del 2018. Ese auto acordado estipula una serie de medidas de diferente intensidad administrativa que van desde la amonestación hasta la suspensión del empleo cuatro meses sin sueldos.”

¿Para quién?

“En este caso para el alcalde…”

¿Si no se cumple fallo de la Suprema?

“Si, porque es el fallo final, no hay otro recurso mas.”

¿Aunque este haya sido en respuesta a un recurso de protección contra el Contralor Regional?

“Es que yo creo que la Municipalidad está equivocada con su asesoría jurídica cuando dice que el Contralor debe determinar cuáles son los pasos a seguir respecto al Administrador Municipal. Eso ya lo determinó la Corte Suprema, precisando que el acto administrativo que impugnaba esta votación quedó sin efecto por ilegal, y por lo tanto, lo único que cabe es la votación quedó afirme y debe firmarse el decreto de remoción.”

¿Usted se mantiene en esa postura?

“Por supuesto, porque fuera de la Corte Suprema no hay otra instancia a la que recurrir.”

Beals, sostuvo que si bien la Corte de Apelaciones aceptó que la Municipalidad no es recurrida en la causa, igual exige a la entidad edilicia que responda en un plazo de 72 horas; “las medidas implementadas respecto a lo decidido por la Corte Suprema”

¿Porque esto no puede quedar en el aire?

“Por supuesto, debe tener un término.”

 

Municipalidad aclara que Corte de Apelaciones no solicita destitución del administrador

En un comunicado de prensa, la Municipalidad sostiene que el oficio enviado por la Corte de Apelaciones sólo establece que se debe informar sobre las acciones que se han realizado tras el dictamen emanado por la Corte Suprema.

El Departamento Jurídico aclaró que la medida que resolvió la Corte de Apelaciones y que fue notificada a la Municipalidad de San Felipe, se relaciona con la obligación que existe de informar sobre las acciones desarrolladas tras el dictamen de la Corte Suprema.

El abogado Mauricio Mass explicó que no es efectivo que se tenga que dar cumplimiento a un elemento en particular porque no está estipulado así. “Lo que existe es un plazo para responder, pero no hay ninguna instrucción específica sobre otra obligación que pudiera aparecer en dicho documento”.

“La sentencia de la Corte Suprema, en ninguna parte establece que debe procederse por parte de la Municipalidad de San Felipe a la destitución del administrador, sino que se deja sin efecto un dictamen de la Contraloría Regional de Valparaíso; pero ante esto, no nos cabe otra acción porque no viene ninguna obligación en particular”, sentenció.

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