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Corte de Apelaciones revocó pena de cárcel para Diego Vera Pizarro por accidente automovilístico donde murió Javier Muñoz

Tras los alegatos realizados este lunes del recurso subsidiario interpuesto por la defensa de Diego Vera Pizarro, condenado a cinco años de cárcel por accidente automovilístico donde murió Javier Muñoz, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones revocó la sentencia e instruyó libertad vigilada intensiva por el mismo plazo.  (Foto: Diego Vera Pizarro cumplirá en libertad condena por accidente donde murió Javier Muñoz)

La resolución de la Corte de Apelaciones sostiene que Diego Vera Pizarro, el próximo 29 de agosto saldrá en libertad en los términos y bajo las condiciones establecidas en el fallo.

El conductor Diego Vera Pizarro había sido condenado en primera instancia a 5 años de cárcel, tras ser encontrado culpable de conduccin en estado de ebriedad con resultado de muerte.

La defensa presento en un recurso de nulidad a esa sentencia, el que fue rechazado, sin embargo y en subsidio, conforme a la normativa se analizó el segundo recurso, que finalmente fue acogido, otorgándole entonces a Vera la libertad vigilada intensiva, según explicó el abogado Tyron Etchegaray en declaraciones a radio Bio Bio.

La libertad vigilada intensiva significa que los cinco años de condena los cumplirá en libertad, donde puede desarrollar su vida laboral y familiar de forma normal, pero sujeto a la supervisión de Gendarmería y un delegado que debe supervigilar las normas de conducta adecuadas en pos de su resocialización, dijo el abogado.

Además, y conforme establece la denominada Ley Emilia, la pena mínima a cumplir privado de libertad es de un año desde ocurrido el accidente, por lo tanto, según explicó el abogado Etchegaray, ese plazo se cumple el 29 de agosto, fecha en que Diego Vera Pizarro dejará la cárcel porteña.

ACTA DE AUDIENCIA

En Valparaíso, a veinticinco de julio de dos mil dieciséis, se da inicio a esta audiencia a las 09.30 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Max Cancino Cancino e integrada por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y Fiscal Judicial Sra. Jacqueline Nash Álvarez; actuando como Ministro de Fe, Relator Sra. Javiera Opazo Vaccaro, para la vista del recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado Defensor Penal Privado Sr. Tyron Etchegaray Gasken, en causa RIT O-39-2016,  RUC N° 1500823914-k; Rol Corte N° 1217-2016, contra sentencia de diez de junio del año en curso, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe.

                        Asisten a la audiencia, los abogados Sr. Tyron Etchegaray Gasken, por la defensa del condenado; Sra. Ana Luisa Quilodrán, por el Ministerio Público y por las partes querellantes, Sr. Mauricio Mass Santibáñez y Julio Álvarez Silva.

                        Los intervinientes expusieron sus argumentos ante estrados, de los cuales queda respaldo íntegro en el registro de audio de la Sala.

                         Se levanta la presente acta a las 10.30  horas, para constancia de lo acontecido en esta audiencia, la que suscriben los miembros de esta Sala de la Iltma. Corte.

Terminados los alegatos, el Tribunal resuelve:

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los párrafos tercero y siguientes del apartado II), del motivo décimo séptimo, los que se suprimen.

Y teniendo en su lugar y, además, presente:

1°) Que, el sentenciado incorporó al juicio, en apoyo de la petición de concesión del beneficio de libertad vigilada intensiva, sendos peritajes psicológico y social, latamente trascritos en el fundamento décimo quinto del fallo en examen, así como prueba documental; antecedentes todos que permiten concluir que en la especie se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216. En efecto, sin que dichas experticias hayan sido desvirtuadas en la audiencia, ambas concluyen que no es portador de alguna anomalía psicológica que impida su reinserción social en libertad y, por el contrario, recomendando que el cumplimiento de la pena pueda hacerse efectivo en el medio libre.

2°) Que, conforme a lo reseñado, esta Corte comparte los criterios técnicos expresados en los peritajes aludidos, toda vez que no existen elementos que permitan destruir las conclusiones a las que arribaron los profesionales que examinaron al encartado y evaluaron su entorno.

3°) Que, resulta del todo improcedente colacionar una supuesta responsabilidad en otro hecho anterior en que habría sido sorprendido conduciendo bajo la influencia del alcohol, desde que por una parte no existe una sentencia condenatoria que determine efectivamente una participación culpable y penada por la ley del sentenciado y, en consecuencia, a su respecto, rige plenamente la presunción de inocencia.

4°) Que, conforme a lo razonado, reuniéndose los requisitos previstos en el artículo 15 bis de la ley 18.216, se le sustituye la pena principal (cinco años de presidio menor en su grado máximo), por la libertad vigilada intensiva, debiendo darse cumplimiento a las exigencias previstas en el artículo 16 de la misma ley, las que serán determinadas y aprobadas por el tribunal de garantía correspondiente.

Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 del texto legal citado, el tribunal de Garantía deberá establecer la residencia del condenado en un lugar determinado, la sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el período fijado, debiendo el condenado cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquél imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada, y el ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual.

          5°) Que, atentos a lo previsto por el artículo 196 ter de la Ley 18.216, la pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado, sirviéndole de abono todo el tiempo que ha permanecido detenido y en prisión preventiva por esta causa.

                           Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto por el artículo 37 de la ley 18.216, se revoca la resolución apelada, contenida en la sentencia definitiva de diez de junio de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe en cuanto denegó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva solicitada por el encartado DIEGO ESTEBAN VERA PIZARRO,  declarándose, en cambio, que se sustituye la pena impuesta en el referido fallo por libertad vigilada intensiva por el plazo, en los términos y bajo las condiciones establecidas en los motivos cuarto y quinto de este fallo.

Regístrese y Comuníquese.

RUC Nº 1500823914-K

ROL IC N° 1217-2016.

Pronunciada por los Ministros de la Quinta Sala de esta  Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por los Ministros Sr. Max Cancino Cancino, Sra. Silvana Donoso Ocampo y Fiscal Judicial Sra. Jacqueline Nash Álvarez.

Certifico: Que como Relator y en cumplimiento del Auto Acordado sobre la materia, actué como Ministro de Fe en el desarrollo y la conclusión de la audiencia. Valparaíso, veinticinco  de julio de dos mil dieciséis.

Javiera Opazo Vaccaro

Relatora

Incluida la presente resolución en el estado diario del día de hoy.

Comentarios(61)

  1. Esta justicia de Chile, es una mierda.
    Con razón tenemos la mierda hasta el cuello de delincuentes e irresponsables al volante.

  2. Una vez mas queda demostrado lo ineficiente de nuestro sistema penal ……una soberana MIERDA

  3. jorge iturrieta

    Y yo tratando de no tomar ni un solo trago, ahora sé que con unas lucas puedo andar borracho al volante y no me sale ni por curao. Más encima me pondrán un paco en la puerta de la casa pa que me cuide y no vengan los ladrones a robar a mi casa, total el estado paga. Increíble la basura de jueces y justicia que tememos, por eso es mejor hacer justicia por la mano propia, diente por diente, ojo por ojo y listo.

  4. Tinterillo con Título

    Como le vendieron la pomada a la familia de Javier ¿Consiguieron alguna indemnización para la viuda o hijas? Abogados pencas y vendedores de pomada, sus influencias solo les sirven hasta el puente el rey.

  5. Una verguenza esta noticia, nuevamente un borracho al volante deja una familia destrozada y no tiene una pena efectiva. Definitivamente la justicia chilena está cada día peor.

  6. Una pena las leyes hechas por una cantidad de weones que lo único que saben es hacer leyes y beneficios para su propia vida y juegan con la vida de los que les damos el voto, estamos cagaos.
    Mis mas sentidas condolencias para la familia que perdieron otra batalla

  7. Mandemos un ebrio al volante y que atropelle a uno de los 3 ministros… Y ahí veremos condena efectiva porque a ellos no los tocan… Son unos hijos de puta… Cero respeto a la familia de Javier

  8. Que poco vale la vida de una persona , que penosa es nuestra justicia, que mas da matar alguien destruir una familia y que todo quede en nada. Simplemente nuestra justicia es una mierda, por eso somos una nación chata, no valemos nada

  9. Hijo de puta donde lo pille en la calle lo mato al hijo de perra es un asco el pais como mierda una persona que mata queda libre al año cuanto vale la vida de una persona no por que sea alguien conocido lo digo espero que a ese abogado nunca lo asalten o atropellen de verdad un asco la justicia para que trabajar y esforzarse estudiando si puedes salir a robar matar y no tiene consecuencia alguna esa es la educacion que le dan a los jovenes por eso esta la caga en el pais dejense de joder mierda en serio me da asco que el asesino sea la victima y la familia que pierde el ser querido debe tener una impotencia yo en serio prefiero matar a ese hijo de puta la justicia no hara nada pero verlo en las calles tomando nuevamente mierda si que da rabia pensar que tu ser querido murio por culpa de ese hijo de perra

  10. Aconcagua región

    Concuerdo contigo Jorge Iturrieta,con estas penas tan “ejemplares”, la Ley Emilia vale hongo.

  11. Osman Lecaros Fuentes

    Gracias a esta lacra de mierda no podremos contar nunca mas con la presciencia de un buen amigo. Personalmente estudie con Javier en Los Andes. Espero que Dios castigue a este rectm ya que la justicia chilena vale mierda. Corruptos recsm.

  12. Tuve el honor de conocer a Javier Muñoz, y compartir con él algunas veces. Con lo poco que lo conocí me bastó para darme cuenta que era una gran persona. Un joven muy amable, respetuoso, generoso… en fin, podría decir muchas cosas buenas de él pero ya se ha dicho todo. Lamenté y aún siento mucho su muerte. Ruego a Dios por su esposa, hijas, mamá, familia y amigos, para que les de consuelo. También creo que la justicia en este país no funciona como debiera, pero discrepo totalmente con los comentarios agresivos y amenazas contra Diego Vera y/o su familia. Nadie se levanta o sale de su casa con la idea de matar a alguien por el camino. Lo que hizo Diego estuvo mal, fue irresponsable al conducir su vehículo habiendo consumido alcohol, ya que ese hecho lo llevó a desencadenar ese trágico y lamentable accidente, pero él y su familia también están pagando por lo sucedido desde ese mismo día. Los ataques en las redes sociales, en la prensa escrita, en la radio, son terribles. En definitiva solo quiero decir que nadie está libre, todos tenemos hijos, sobrinos, nietos etc. Cualquiera de nuestros seres queridos o nosotros mismos en un momento de estupidez podemos hacer lo mismo. Nadie ha visto el día de mañana.

  13. Cuál es la admiración?. Martíncito Larrain, el Honorable Quintana están libres, todos los delincuentes de cuello y corbata, Penta, Soquimich, Caval, Mopgate, Milicogate, Exonerados, Efe, etc., estamos hasta el cuello, así no más es. Llevamos 27 años esperando la “alegría”, salud, educación, pensiones, puta que manera….

  14. CHILE LA ALEGRÍA YA VIENE que frase mas weona, lo único que a llegado son los weas en el congreso con leyes para su propio beneficio

  15. Que pena que la vida de alguien importante para su comunidad, pierda la vida de manos de un borracho, drogadicto e hijito de papá… cero responsabilidad. Ahora estará libre, para seguir tomando y conduciendo curado. Que le quiten la licencia, no significa que dejará de conducir.

  16. Querido javier descansa en paz. Dios da la fuerza a la familia para que tengan paz.lo demas el dios supremo se encargara de la justicia divina.

  17. BUS EN PLAZA CIVICA Jueves 28 8:30 sale a Valparaíso en duelo por las reiteradas decisiones de la corte de apelaciones de revocar lo dispuesto por tribunales.

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